4ta Categoría
Eliminar el impuesto a las ganancias 4º categoría es un acto de justicia ante lo injusto que es cobrarle un impuesto al trabajador por el fruto de su trabajo. El salario no es una ganancia por lo cual no debe contar con el gravamen del impuesto. Éste es el principal argumento de los proyectos de Gabriela y José Luis que presentaron en los respectivos ámbitos legislativos.
Es indispensable una reacción política desde la legislatura comunal como provincial, que conduzca a requerir a quien ejerce la representación del conjunto de los santacruceños a fin que se ponga al frente de estos reclamos que hasta el dia de hoy no han sido debidamente escuchados.
Los proyectos impulsados, se especifican cuatro categorías de ganancias: la primera corresponde a la Locación de Inmuebles, la segunda aquellas rentas originada de la colocación de capitales, y la tercera sobre los Beneficios de las empresas y auxiliares del comercio (incluye sociedades y empresas o explotaciones unipersonales) y finalmente, la cuarta sobre Rentas del trabajo personal.
En respuesta a la estructura tributaria, desde EC se propone la eliminación de la última categoría fundamentando que “con la aplicación del impuesto a las ganancias se reducen los ingresos de bolsillo de los trabajadores activos y pasivos, que afecta directamente en el poder adquisitivo de los mismos”.
Los proyectos impulsados, se especifican cuatro categorías de ganancias: la primera corresponde a la Locación de Inmuebles, la segunda aquellas rentas originada de la colocación de capitales, y la tercera sobre los Beneficios de las empresas y auxiliares del comercio (incluye sociedades y empresas o explotaciones unipersonales) y finalmente, la cuarta sobre Rentas del trabajo personal.
En respuesta a la estructura tributaria, desde EC se propone la eliminación de la última categoría fundamentando que “con la aplicación del impuesto a las ganancias se reducen los ingresos de bolsillo de los trabajadores activos y pasivos, que afecta directamente en el poder adquisitivo de los mismos”.
La suba del mínimo es una alternativa provisoria que conlleve posteriormente a la reestructuración integral del sistema impositivo nacional para que sea equitativo y progresivo.
Jubilados y pensionados de Y.C.R.T ex Y.C.F
Compartiendo una misma línea política de discusión, Janezak y Mestelán plantearon la urgente necesidad de “requerir a las autoridades provinciales y nacionales que se dé cumplimiento al Decreto que establece las mejoras en los haberes jubilatorios de los trabajadores de YCRT y Ferroportuarios, que implica la aplicación efectiva del 82% móvil en jubilaciones y pensiones”
Tanto en el Concejo Deliberante como en la Cámara de Diputados, la discusión fue amplia y se acordaron modificaciones sobre los textos originales, pero finalmente, se otorgó el voto positivo a las propuestas de Encuentro Ciudadano.
Jubilados y pensionados de Y.C.R.T ex Y.C.F
Compartiendo una misma línea política de discusión, Janezak y Mestelán plantearon la urgente necesidad de “requerir a las autoridades provinciales y nacionales que se dé cumplimiento al Decreto que establece las mejoras en los haberes jubilatorios de los trabajadores de YCRT y Ferroportuarios, que implica la aplicación efectiva del 82% móvil en jubilaciones y pensiones”
Tanto en el Concejo Deliberante como en la Cámara de Diputados, la discusión fue amplia y se acordaron modificaciones sobre los textos originales, pero finalmente, se otorgó el voto positivo a las propuestas de Encuentro Ciudadano.
La iniciatva es producto del reclamo recepcionado de “muchos ex trabajadores de YCF que han obtenido su beneficio provisional antes del 1994, y aún no percibieron dicho suplemento especial , “cuando esta norma no hace distinciones temporales de ninguna especie entre el universo de jubilados y pensionados de la empresa YCF”, se explicó, agregando que “esta petición no nos es ajena porque como legisladores somos representantes también de estos vecinos jubilados mineros y ferroportuarios de la antigua empresa Yacimientos Carboníferos Fiscales, que nos acercan su justo reclamo”.
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