Uno de los temas que están en discusión a nivel municipal en Río Gallegos es la Carta Orgánica.
Desde 1994 las municipalidades son autónomas. Autonomía (según wikipedia) es no sólo sólo la capacidad de administrarse por sí mismo, sino también la de dictarse sus propias normas por las que ha de regirse, como también la de gobernarse por autoridades elegidas
Los aspectos de la autonomía municipal enumerados en la Constitución Nacional, significan:
Institucional: se refiere la posibilidad de dictar su propia Carta Orgánica obteniendo "plena autonomía" o si no puede hacerlo es una "autonomía semiplena".
Se dan también casos donde las cartas orgánicas deben ser aprobadas por las Legislaturas provinciales. La Carta Orgánica de Río Gallegos sería una carta con "plena autonomía"
Político: se refiere a la capacidad de elección de sus propias autoridades locales.
Administrativo: se refiere a la capacidad de gestionar servicios públicos, obras públicas, poder de policía, etc.
Económico: se refiere a la capacidad de gerenciar el gasto público municipal.
Financiero: se refiere a la posibilidad de establecer impuestos.
La Carta Orgánica de Río Gallegos todavía debe ser creada, mañana subiremos la postura del Concejal José Luis Janezak
martes, 13 de mayo de 2008
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